domingo, 17 de abril de 2011

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Actualice su empresa

Si está actualizado en materia de Seguridad y Salud Laboral, no habráa riesgo a que sea sancionado por imcumplimiento de la LOPCYMAT.

Actualice su empresa en materia de seguridad y salud laboral, si su Programa está Obsoleto, o si el Comité necesita renovació.

Todo adaptado a las normas estándares, LOPCYMAT, COVENIN, OSHA, entre otras. En resumen: 
  • Auditorías en tópicos inherentes a la SEGURIDAD INDUSTRIAL. 
  • Atacar los puntos más importantes que toma en cuenta INPSASEL a la hora de inspeccionar su empresa * Auditorías de señalización, vías de escapes, sistemas contra incendios. 
  • Asesorías mensuales con precios módicos cuyo objetivo principal es darle seguimiento a las actividades de Seguridad y Salud Laboral (Higiene y Seguridad industrial), charlas mensuales, seguimiento del Programa de Seguridad y salud Laboral.

Seguridad y salud Laboral Garantizada

Evite sanciones por parte de INPSASEL, garantizamos los servicios de más alto nivel para su empresa, minimizando el riesgo de accidentes laborales que podrían acarrear problemas legales. La seguridad y Salud Laboral deben ser las bases fundamentales de la productividad de una organización Si un trabajador se siente seguro y en un medio ambiente de trabajo favorable, su rendimiento será el más idóneo. Elección de Delegados de Prevención, Comité de Seguridad y Salud Laboral, Charlas sobre Higiene y Seguridad Industrial, Inspecciones, Registro de declaración de accidentes en línea, y todo lo relacionado en materia de Higiene y Seguridad Industrial (Seguridad y Salud Laboral) debidamente registrado ante INPSASEL.

Definiciones

¿Qué significa LOPCYMAT?
Es la ley que rige la Seguridad y Salud Laboral en Venezuela, y sus siglas significan: Ley Orgánica de Prevención, Condiciones, y Medio Ambiente de Trabajo, así como la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)
Filosofía de la seguridad
Evitar daños humanos y o materiales, Evitar incidentes, Concientizar a las persona sobre la seguridad, Evitar la degradación de los recursos naturales..
Definiciones según COVENIN:
Higiene Industrial: Es la ciencia y el arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores de riesgos ambientales o tensiones provocadas por o con motivo del trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, afectar la salud y el bienestar, o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los ciudadanos de la comunidad. 
Seguridad Industrial: Es el conjunto de principios, leyes, criterios y normas formuladas cuyo objetivo es prevenir accidentes v controlar riesgos que puedan ocasionar daños a personas, medio ambiente, equipos y materiales. 
Riesgo: Es una medida del potencial de pérdida económica o lesión en términos de la probabilidad de ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias. 
Acto Inseguro: Es toda actividad que por acción u omisión del trabajador conlleva la violación de un procedimiento, norma, reglamento o práctica segura establecida, tanto por el Estado como por la Empresa, que puede producir incidente, accidente de trabajo, enfermedad ocupacional o fatiga personal. 
Condición Insegura: Es cualquier situación o característica física o ambiental previsible que se desvía de aquella que es aceptable, normal o correcta, capaz de producir un accidente de trabajo, enfermedad ocupacional o fatiga al trabajador.
Incidente: Es todo suceso imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de una actividad sin ocasionar consecuencias adicionales ni pérdidas de ningún tipo, que bajo circunstancias diferentes hubiera generado lesiones, daños (a bienes, al ambiente, o a terceros) y/o pérdidas económicas.
Accidente: Es todo suceso no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de una actividad y origina una o más de las siguientes consecuencias: lesiones personales, daños al ambiente y daños materiales.
Accidente de Trabajo: Es todo suceso no deseado que produce una lesión funcional o corporal. permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de la acción violenta de una fuerza exterior que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo por el hecho o con ocasión del trabajo; será igualmente considerado como accidente de trabajo al suceso no deseado que produce una lesión interna determinada por un esfuerzo violento, sobrevenida en las mismas circunstancias. 
Enfermedad Ocupacional: Es el estado patológico contraído con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador se encuentre obligado a trabajar, y aquellos estados patológicos imputables a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, agentes biológicos, factores psicológicos y emocionales que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes, controlados en el ambiente de trabajo. 
Órgano de Seguridad Laboral de la Empresa: Es el ente de la empresa encargado de establecer y hacer cumplir la política, los objetivos, proyectos y estrategias generales de Higiene y Seguridad Industrial en dicha empresa. 
Incapacidad de trabajo: Es la imposibilidad física o mental en que queda la persona para continuar con sus labores habituales como resultado de una lesión de trabajo o enfermedad ocupacional (profesional), la cual puede ser de tipo parcial o total, temporal o permanente. 
Trabajo regular: Es la labor habitual que desempeña un trabajador durante el tiempo correspondiente a las horas de su jornada de trabajo. 
Lesión de trabajo: Es el daño o detrimento físico o mental inmediato o posterior como consecuencia de un accidente de trabajo o de una exposición prolongada a factores exógenos capaz de producir una enfermedad ocupacional (profesional). .
Comité de Higiene y Seguridad Industrial/Laboral Es un ente paritario encargado de vigilar las condiciones y medio ambiente de trabajo, asistir y asesorar al empleador y a los trabajadores en la ejecución del Programa de Higiene y Seguridad Industrial. Sus integrantes serán elegidos de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (L.O.P.C.Y.M.A.T.),
Subcomités o Delegados de Higiene y Seguridad Industrial/Laboral Son entes auxiliares del Comité de Higiene y Seguridad Industrial/Laboral que tienen funciones de vigilancia, asistencia y asesoría, asignadas por el comité de Higiene y Seguridad Industrial/Laboral. Sus integrantes serán elegidos por los miembros del Comité de Higiene Seguridad/Laboral..

Contacto

Correo:
sjmarcano@hotmail.com

Tlf:

04121897483

02939950688

Servicios

Ofrezco servicios de asesoría en relación a Higiene y Seguridad Industrial o bien, Seguridad y salud Ocupacional Elaboración de Programas de Seguridad y Salud Laboral, AST, conformación de Comites de Salud Seguridad Laboral, Notificación de Riesgos
llama al 04121897483 Inscrito en INPSASEL, charlas y capacitaciones, inspecciones generales, estadísticas de accidentes.